viernes, 18 de marzo de 2011

El agente Municipal en Veracruz...

En próximos días, en algunas comunidades del Estado de Veracruz, elegirán agentes Municipales. Por ello nos hemos dado a la tarea de investigar un poco mas, para ampliar la visión de uno de los mas inmediatos representantes de los pueblos.

Esperando que, quienes se elijan en asambleas o por otro método, por la comuna. Adquiera ante todo, el compromiso real con su gente, sin interés partidista, ni de grupo, ni de dedo...

Velando por conservar esa unión, para trabajar por las comunidades, como nos enseñaron los viejos.


¿Qué son los Agentes y Subagentes Municipales?

Los Agentes y Subagentes Municipales son servidores públicos que funcionarán en sus respectivas demarcaciones como autoridades auxiliares de los Ayuntamientos, tal y como lo establece el artículo 61 de la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Las demarcaciones seran las congregaciones de cada municipio y dependiendo de sus demarcación territorial y de los centros de población que comprenda, contara con uno p mas Subagentes Municipales quienes serán electos conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Municipio Libre.

¿Qué se necesita para ser Agente Municipal?

Para ser Agente o Subagente Municipal se requiere ser ciudadano veracruzano en pleno ejercicio de sus derechos, originario del municipio y con residencia efectiva en su territorio no menor de un año, anteriores al día de la elección. Del mismo modo se requiere no ser ministro de algún culto religioso a menos que se separe conforme a lo establecido en la Constitución Federal y en la ley de la materia; no tener antecedentes penales por la comisión de delitos realizados con dolo, exceptuando aquellos en los que se hayan concedido los beneficios de conmutación o suspensión condicional de la sanción.

¿Cuáles son las principales funciones?

Las principales funciones de una autoridad auxiliar, como el Agente Municipal son mantener: el orden, la tranquilidad, la paz social, la seguridad, la protección de los vecinos, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal, el Bando Municipal y los reglamentos respectivos.

Los Agentes y Subagentes Municipales cuidarán la observancia de las leyes y reglamentos aplicables en el lugar de su residencia. Y tomarán las medidas que se requieran para mantener la tranquilidad y seguridad de los habitantes de las congregaciones y rancherías, según el caso. Al efecto, estarán obligados a:

I. Dar aviso inmediato al Ayuntamiento de cualquier alteración en el orden público y de las medidas que hayan tomado para corregirlas;

II. Formular y remitir al Ayuntamiento, en el primer mes del año, el padrón de los habitantes de su demarcación, facilitando toda la información y datos estadísticos que les sean solicitados;

  1. Expedir gratuitamente las constancias requeridas por el Encargado del Registro Civil y cualquier otra autoridad en ejercicio de sus funciones;

  1. Promover que en sus respectivas demarcaciones se establezcan los servicios públicos que requiera la comunidad;

    V. Vigilar el cumplimiento del precepto de la enseñanza obligatoria;

VI. Dar parte a las autoridades de la aparición de cualquier calamidad pública para que se tomen las medidas convenientes;

VII. Actuar por delegación en el ejercicio de las funciones, comisiones o encargos que el Ayuntamiento le encomiende;

VIII. Fungir como Auxiliar del Ministerio Público;

IX. Tomar las medidas conducentes para el desempeño de sus funciones;

X. Solicitar al Ayuntamiento los medios que estimen necesarios para el desempeño de sus funciones; y

XI. Las demás que expresamente le señalen esta ley y demás leyes aplicables.

Los Agentes o Subagentes municipales propietarios no podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente, pero quienes hayan tenido el carácter de suplentes, podrán ser electos para el periodo inmediato siguiente como propietarios, siempre que no hayan estado en funciones.

La elección de Agentes y Subagentes municipales es un proceso que se realiza en forma independiente a cualquier tipo de organización política.

Por todo esto, un Agente Municipal debe ser:

· Honesto, no aceptar ningún tipo de corrupción.

· Sociable, tratando de crear un ambiente agradable en las asambleas de la comunidad, sin dejar de defender con entusiasmo sus puntos de vista.

· Justo, aplicar las leyes que rigen al municipio lo más justa e igualitariamente para toda la población sin importar su ideología, raza o condición social, buscando.

· Responsable, cumplir cabalmente con las disposiciones de la ley, así como conocer de la situación económica, social, política y cultural de la comunidad y el municipio.

· Gestor, de las demandas de su comunidad, para que éstas sean incluidas en el plan de desarrollo municipal, o ante otras dependencias de gobierno, particulares y organismos no gubernamentales.

Fuente:Centro Estatal de Desarrollo Municipal

Gobierno del Estado de Veracruz

Comentarios: E.P.

1 comentario:

Anónimo dijo...

que castigo se la aplica que un agente municipal ande alcoholizado durante sus funciones, por ejemplo en un evento social y alterando el orden publico es el caso del agente municipal de san juan otontepec chontla ver,

TAMALIN, EL GABINETE DEL CACIQUE...

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